Beneficiarios
Socios Numerarios
- A.1. Miembros del C.N.P. y pertenecientes a cuerpos de la Administración del Estado y personal laboral, en tanto en cuanto mantengan su relación con la Dirección General de la Policía y que tengan a su cargo una persona con discapacidad, entendiéndose que el discapacitado conviva o dependa de una forma o efectiva de aquellos.
- A.2. Personas que ejerzan la patria potestad, tutela o guarda de hecho de algún miembro del CNP del cónyuge, pareja de hecho o descendiente con discapacidad.
- A.3. Miembros del CNP y demás, señalados en el apartado A.1., cónyuge, separado o divorciado, pareja de hecho o descendientes, discapacitados con capacidad legal suficiente
Socio colaborador
Cualquier persona que quiera colaborar
Socios de Honor
Personas que destaquen por su especial implicación en el cumplimiento de los objetivos de la entidad.
AMIFP cuenta con otros beneficiarios como son, fundamentalmente, todas aquellas familias destinatarias de los servicios de gestión de ocio para personas con discapacidad, además de aquellas otras personas que puedan ser receptoras de alguna ayuda o prestación en virtud de convenios suscritos con otras entidades, tal y como se establece en sus estatutos.
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